Libérate de tus deudas y empieza de cero legalmente

La Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos cancelar sus deudas legalmente si se encuentran en situación de insolvencia. Te acompañamos en todo el proceso judicial para recuperar tu tranquilidad.

¿Quién puede acogerse?

Particulares y autónomos

Cualquier persona física, con o sin actividad empresarial actual, que no pueda hacer frente a sus obligaciones de pago.

Requisito de buena fe

No haber ocultado bienes, no haber sido condenado por delitos socioeconómicos en los últimos 10 años y no haber recurrido a este mecanismo en los últimos años.

Sobreendeudamiento

Encontrarse en situación de insolvencia actual o inminente, acumulando deudas que superan la capacidad real de devolución a medio y largo plazo.

¿Cuánto tarda?

El procedimiento se tramita íntegramente por la vía judicial ante los Juzgados de lo Mercantil o de Primera Instancia, dependiendo de si el deudor es autónomo o un particular sin actividad económica.

Gracias a las últimas reformas legales y a la fase extrajudicial previa ante notario o registro mercantil que agiliza gran parte de los trámites iniciales, el proceso se ha optimizado notablemente.

De forma orientativa, la duración total desde la presentación formal de la solicitud hasta la obtención de la resolución judicial definitiva que otorga la Exoneración del Pasivo Insatisfecho suele oscilar entre los 6 y los 12 meses, un plazo que varía principalmente en función de la carga de trabajo del juzgado asignado.

¿Cuánto cuesta?

Inversión transparente y adaptada

El coste final depende de la complejidad del caso (volumen de acreedores, número de deudas y si se conservan o liquidan bienes).

Facilidades de pago

Al encontrarte en una situación económica delicada, estructuramos honorarios razonables y fraccionados para que el coste del procedimiento no sea un obstáculo para tu liberación financiera.

¿Qué deudas se cancelan?

Deudas exonerables

Préstamos personales, créditos rápidos, tarjetas de crédito y las deudas contraídas con proveedores en el caso de los autónomos. Es posible acogerse a la cancelación parcial de deuda pública con Hacienda y la Seguridad Social hasta los límites y umbrales establecidos por la normativa vigente para cada organismo.

Deudas no exonerables

Pensiones de alimentos atrasadas, responsabilidades civiles derivadas de delitos o la parte de las deudas con garantía hipotecaria que no quede cubiertas si se ejecuta el inmueble, salvo que se apliquen planes de reestructuración específicos.

¿Qué ocurre con la vivienda y el coche?

El destino de tus bienes principales depende de su valor y de su utilidad real en tu día a día. Si la vivienda habitual está hipotecada por encima de su valor de mercado, suele liquidarse para cancelar esa carga, aunque estudiamos alternativas para protegerla siempre que la ley y tu plan de pagos lo permitan.

En cuanto al vehículo, si es tu herramienta de trabajo como autónomo (repartidor, comercial, etc.), luchamos para mantenerlo y que no pierdas tu fuente de ingresos. Si es un coche de uso exclusivamente particular, lo habitual es que se incluya en el proceso para satisfacer parcialmente a los acreedores.

¿Dudas?

Una vez admitida a trámite la solicitud del concurso y activada la protección legal, se paralizan las ejecuciones y embargos en curso contra ti.

Se publica en el Registro Público Concursal durante un tiempo determinado por ley para dar seguridad jurídica a los acreedores, pero los ficheros de morosidad deben actualizarse una vez obtenida la exoneración.

Si hay terceras personas que avalaron tus préstamos (como familiares), la exoneración al deudor principal no extingue automáticamente la responsabilidad del avalista, un aspecto crítico que analizamos previamente.

Da el primer paso para recuperar tu tranquilidad financiera

No cargues más con una mochila de deudas insostenible. Nuestros economistas y abogados estudian tu caso de forma confidencial y te dicen exactamente si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad.





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