¿Las deudas te ahogan? Existe una vía legal para empezar de cero.
La Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos cancelar sus deudas de buena fe, frenar embargos y recuperar el control de su vida financiera sin acuerdos imposibles con los bancos.
¿Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?
No está pensada solo para grandes patrimonios, sino para personas de a pie, familias y autónomos que han sufrido un bache económico, la caída de un negocio o un endeudamiento sobrevenido que no pueden asumir.
- Buena fe en el endeudamiento: Haber actuado de buena fe y no haber ocultado bienes o incurrido en negligencias graves.
- Pluralidad de acreedores: Tener deudas con al menos dos acreedores diferentes (bancos, tarjetas de crédito, financieras, Seguridad Social o Hacienda).
- Insuficiencia de patrimonio: No disponer de bienes suficientes para liquidar el total de la deuda acumulada.
Resolvemos tus dudas principales sobre el proceso
Se pueden exonerar la gran mayoría de deudas ordinarias: préstamos personales, tarjetas de crédito, microcréditos, impagos de alquiler y una parte importante de la deuda pública (con límites en Hacienda y Seguridad Social).
Es una de las mayores preocupaciones. Dependiendo del valor del inmueble, las cargas hipotecarias y la estructura del caso, se estudian mecanismos legales para intentar protegerla o reestructurar la situación dentro del marco del procedimiento.
Si el vehículo es una herramienta imprescindible para tu actividad laboral o para generar ingresos, se analizan las vías de protección para evitar que su pérdida frene tu capacidad de inserción o trabajo.
Los plazos varían según el juzgado y la complejidad del expediente, pero nuestro enfoque busca agotar las fases previas y tramitarlo con la máxima eficiencia jurídica para acortar la espera.
Estudiamos cada caso de forma personalizada. Los costes se planifican desde el inicio con absoluta transparencia y acordes al beneficio real de liberar todo tu patrimonio de cargas impagables.
